El Gobierno modifica el DNU para que el ingreso mínimo de los jubilados en abril sea de $241.216 - Política y Medios
26-07-2024 - Edición Nº6020

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El Gobierno modifica el DNU para que el ingreso mínimo de los jubilados en abril sea de $241.216

El decreto publicado la semana pasada establecía los ingresos básicos por debajo de los $205.000. El haber mínimo asciende a $171.216 y se le suma el bono de $70.000.

El Gobierno nacional anunció en las últimas horas que modificará el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 274/2024 que establece la nueva fórmula de actualización jubilatoria, con el objetivo de que el ingreso mínimo para jubilados y pensionados que cobren la mínima sea de $241.216 en abril (en lugar de $204.445).

La nueva base se lograría con el incremento del 27,35% total que lleva los haberes mínimos de $134.445 a $171.216, más el bono no remunerativo de $70.000. A su vez, se espera que en el nuevo documento debería detallarse si el bono registrará incrementos para los meses de mayo y junio.

Recordemos que el mencionado 27,35% se compone de un adelanto de la actualización de junio (establecido en 14,85%) sumada a un 12,5% de “incremento extraordinario” en concepto de compensación por la pérdida del poder adquisitivo de diciembre y febrero -contra el reclamo de la oposición, que pedía que fuera del 20%-.

Como informó PyM, la decisión adoptada por el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo, es que la fórmula que ajusta jubilaciones y pensiones a la inflación rija a partir de julio, aunque el vocero presidencial, Manul Adorni, aseguró que en los meses previos se establecería por DNU.

Entretanto, el Gobierno busca engrosar los ingresos de jubilados con montos no remunerativos o a cuenta de aumentos futuros. De esta manera, la cifra a partir de la cual se calcularán los aumentos desde julio no serían los ingresos totales ($241.216 en abril, por ejemplo), sino el ingreso base ($171.216).

En esta estrategia, los bonos cumplen un rol fundamental, engrosando el depósito sin impactar en los registros oficiales.

El coeficiente que regirá a partir del segundo semestre será la vieja fórmula de movilidad trimestral teniendo la inflación como único parámetro. Lo que no sería modificado es el anexo del DNU que detalla que la variación del IPC que se utilizará no corresponderá al mes anterior, sino a dos meses previos.

De esta manera, la actualización percibida en los haberes de julio se basará en la inflación de mayo.

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