En el “Informe para el Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer de las Naciones Unidas”, en cuanto al aborto legal Amnistía detalla que, “con el fin de terminar con la práctica, de judicializar, entorpecer y/o demorar el derecho al acceso al aborto legal, apenas 8 de las 25 jurisdicciones de todo el país han adherido al Protocolo Nacional”, el cuál señala que en caso de violación o de riesgo de la mujer, esta práctica es no punible.
En ese sentido, el Informe señala que el Estado debe garantizar este derecho en todas las jurisdicciones, monitorear el ejercicio de la objeción de conciencia, asegurar el cumplimiento del mismo y brindar información sexual y reproductiva. Cabe recordar que, en el primer Paro Nacional de Mujeres llevado a cabo el 19 de octubre, se leyó un comunicado donde el Colectivo Ni Una Menos se preguntaba: “¿Cómo creamos otro mundo posible si las medidas tendientes a esa transformación, como el Programa de Educación Sexual Integral, son desmanteladas de a poco, o directamente no se aplican en varias provincias?”, en referencia al vaciamiento de este programa.
“El acceso a los abortos legales se ve restringido por desconocimiento del derecho vigente, la falta de información jurídica y el abuso de la objeción de conciencia; es decir por mecanismos que ejercen violencia institucional contra las mujeres. El Estado debe incorporar, a nivel federal y como servicio básico y obligatorio del sistema de salud, las prestaciones necesarias para interrumpir embarazos en los casos contemplados por la ley vigente”, explicó Mariela Belski, directora ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina.
A la vez, desde este organismo señalan que la punibilidad del aborto atenta contra los derechos sexuales y reproductivos, como lo es, por ejemplo, el derecho a la planificación familiar. Esto lleva a las mujeres a la clandestinidad, corriendo riesgo su vida y poniéndolas en un marco de ilegalidad, por lo que la justicia suele perseguirlas. Cabe recordar el caso de Belén, en Tucumán, que luego de un aborto espontaneo fue condenada por los jueces a 8 años de prisión, bajo la caratula “homicidio doblemente agravado por el vínculo y alevosía”.
El Estado argentino deberá responder en cuanto a la violencia de género y los antecedentes no son buenos: en la ya mencionada marcha del 19 de octubre, la del 3 de junio y en el Encuentro Nacional de Mujeres, miles de mujeres salieron a las calles a decir basta, señalando en todos los casos que, en un contexto de ajuste, la violencia y los femicidios se ven en aumento.
En ese sentido, el macrismo parece no ayudar tampoco: desde el oficialismo presentaron la reforma de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal(MPF), la cual no incluye ni reconoce a la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM), unidad que tiene “la misión de reforzar la actuación del MPF en materia de prevención, investigación, sanción y erradicación de la violencia de género, a través del diseño de una política criminal específica, el desarrollo de herramientas de intervención fiscal y el litigio estratégico”, según señala su web.
“El Estado argentino tendrá un gran desafío en Ginebra. Las políticas de derechos humanos no son una prioridad para este Gobierno y aquí quedará expuesto una vez más”, concluyó Belski.