Así lo resolvieron los integrantes del tribunal, en respuesta a una presentación realizada por los apoderados del candidato de ECO, Martín Lousteau, quien había solicitado que el gobierno de Macri "se abstenga de realizar propaganda institucional que induce al voto".
Según la denuncia de Lousteau, el gobierno porteño viola el artículo 61 de la Constitución local, "al utilizar recursos públicos para inducir el voto a través de la propaganda
institucional" y señalaron que durante el mes de mayo se realizaron inauguraciones de obras públicas con la presencia de Rodríguez Larreta.
El tribunal de justicia dijo asimismo que "igual criterio corresponde aplicar a los supuestos de concurrencia a inauguraciones de obras u otros actos públicos que
tengan una previsible difusión masiva".
"El acto público o la inauguración de la obra pueden ser llevados a cabo sin la presencia de los candidatos", advierten los jueces del tribunal en una resolución conocida ayer por la tarde.
También le ordenaron al candidato del PRO que "se abstenga del envío de mensajes de correo electrónico" desde una dirección de e-mail con dominio de gobierno porteño.
Fuente: Télam