A 29 años de la sentencia del juicio a las Juntas - Política y Medios
02-05-2026 - Edición Nº6665

A 29 años de la sentencia del juicio a las Juntas

Las sentencias del juicio a las juntas militares fueron dictadas por la Cámara Federal el 9 de diciembre de 1985 tras 900 horas de audiencias entre el 22 de abril y el 14 de agosto de 1985.

En la sala de audiencias se le tomó declaración a más de 800 personas en una sucesión de testimonios que exhibieron ante la opinión pública contornos escalofriantes de una de las etapas más oscuras en la vida del país.

Aunque registrado en video por una cámara fija ubicada a espaldas de los testigos, el juicio no sólo no fue emitido en directo; tampoco lo fue entonces en diferido, más allá de un brevísimo resumen.


La sentencia
 
El 9 de diciembre se dictó la sentencia condenando a Jorge Rafael Videla y Emilio Eduardo Massera a reclusión perpetua, a Roberto Eduardo Viola a 17 años de prisión, a Armando Lambruschini a 8 años de prisión y a Orlando Ramón Agosti a 4 años de prisión. Los acusados Omar Graffigna, Leopoldo Galtieri, Jorge Isaac Anaya y Basilio Lami Dozo no fueron condenados por no haberse podido probar los delitos que se les imputaban.
 
La sentencia fue leída por León Arslanián en su condición de presidente de la Cámara Federal. Fundamentalmente el fallo reconoció que las juntas diseñaron e implementaron un plan criminal y rechazó la ley amnistía sancionada por el último gobierno militar. Señala también que cada fuerza actuó autónomamente y que las penas deben ser graduadas en función de ello. Finalmente, concluyó que la fiscalía no pudo probar que, con posterioridad a 1980 se hubieran cometido crímenes que pudieran ser responsabilidad de la junta militar, exculpando así a la tercera junta (Galtieri-Amaya-Lami Dozo).
 
En uno de los párrafos de la extensa sentencia puede leerse:
 
En suma puede afirmarse que los comandantes establecieron secretamente, un modo criminal de lucha contra el terrorismo. Se otorgó a los cuadros inferiores de las Fuerzas Armadas una gran discrecionalidad para privar de libertad a quienes aparecieran, según la información de inteligencia, como vinculados a la subversión; se dispuso que se los interrogara bajo tormentos y que se los sometiera a regímenes inhumanos de vida, mientras se los mantenía clandestinamente en cautiverio; se concedió, por fin, una gran libertad para apreciar el destino final de cada víctima, el ingreso al sistema legal (Poder Ejecutivo Nacional o justicia), la libertad o, simplemente, la eliminación física.
 
 
Trascendencia del fallo
 
Por las características que tuvo, la condena a las juntas militares realizada por un gobierno democrático constituyó un hecho sin precedentes en América Latina, que contrastó fuertemente con las transiciones negociadas que tuvieron lugar en aquellos años en Uruguay, Chile, Brasil, España, Portugal y Sudáfrica.


Ver Video:https://www.youtube.com/watch?v=9UN8vM2YHZ8

Fuentes:

http://memoria.telam.com.ar/noticia/hace-29-anos-comenzo-el--juicio-a-las-juntas-_n3949

http://www.laopinionpopular.com.ar/noticia/17580-son-condenados-a-cadena-perpetua-el-dictador-videla-y-el-ex-almirante-massera-y-a-17-anos-de-prision-el-ex-general-viola.html
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