Comenzó a regir el nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a los 14 años - Política y Medios
05-09-2026 - Edición Nº6791

EL FÍN DE UNA ERA

Comenzó a regir el nuevo Régimen Penal Juvenil que baja la edad de imputabilidad a los 14 años

12:41 |A partir de la medianoche de este sábado entró en plena vigencia la Ley 27.801 que redefine la responsabilidad penal de los adolescentes en la Argentina. La flamante normativa, impulsada por la administración de Javier Milei tras su aprobación en el Congreso, sepulta definitivamente el Decreto-Ley 22.278 implementado durante la última dictadura militar en el año 1980 Aire de Santa Fe.

El nuevo articulado legal permite que los jóvenes de entre 14 y 15 años de edad dejen de ser considerados no punibles ante la ley y comiencen a enfrentar procesos judiciales formalizados por la presunta comisión de ilícitos penales. Jueces y fiscales de distintas jurisdicciones del país miran con extrema cautela la aplicación real del nuevo paradigma, advirtiendo que la falta de infraestructura edilicia y la escasez de personal idóneo amenazan con colapsar las fiscalías especializadas de menores en el corto plazo.

La reconfiguración del sistema legal establece un marco procesal diferenciado y especializado según las escalas de edad de los imputados en conflicto con la ley. Para aquellos menores que tengan exactamente 14 años al momento del hecho, el texto de la ley dispone de forma obligatoria que la escala penal correspondiente al delito se reduzca a la mitad, abarcando tanto los topes mínimos como máximos de prisión previstos.

En el caso de los adolescentes de 15 años, la reducción del reproche punitivo estipulada será de un tercio de la pena ordinaria de adultos. Para los eslabones más altos del fuero, correspondientes a los jóvenes de 16 y 17 años de edad, la norma determina que no habrá ningún tipo de atenuación o beneficio en la escala penal general, exceptuando únicamente la imposición de los límites máximos previstos de manera taxativa por la legislación penal nacional.

Una de las premisas medulares de la reforma es el establecimiento de un techo de encierro estricto que fija las penas máximas en 15 años de prisión, prohibiendo expresamente la aplicación de reclusión perpetua a menores. Los condenados bajo este fuero deberán cumplir obligatoriamente su tiempo de detención en establecimientos de alojamiento especializados, quedando terminantemente prohibida su permanencia en dependencias policiales comunes o penitenciarías destinadas al alojamiento de reclusos adultos.

Ante la inminencia de la aplicación práctica de la ley, las proyecciones estadísticas elaboradas por los departamentos judiciales encendieron fuertes alarmas en el conurbano bonaerense y las grandes capitales. Los especialistas técnicos calculan que la incorporación de la franja etaria de 14 y 15 años provocará de forma inmediata un aumento de entre el 40% y el 60% en el volumen de causas penales en trámite dentro de la justicia de la provincia de Buenos Aires.

Para intentar amortiguar el colapso operativo y promover la resocialización, la ley estipula la asignación de una partida presupuestaria federal superior a los $23.739 millones destinados al equipamiento informático y técnico de los tribunales Infobae. Asimismo, el nuevo régimen prioriza la aplicación de medidas alternativas para delitos leves o de carácter patrimonial, incorporando activamente el uso de tobilleras de monitoreo electrónico, programas de escolaridad obligatoria garantizada y la polémica figura de la responsabilidad civil solidaria de los progenitores por el daño causado.

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