El eje central de la presentación judicial se fundamenta en las extraordinarias tasas de interés que se aplican a los préstamos de consumo a corto plazo. Según el escrito, la aplicación móvil cobra un Costo Financiero Total superior al 1.300% anual en determinados perfiles crediticios de sectores de bajos recursos. La denuncia encuadra esta metodología dentro del artículo 175 bis del Código Penal, el cual sanciona a quien obtenga ventajas pecuniarias desproporcionadas aprovechándose de la necesidad o inexperiencia de las personas.
Para argumentar la existencia del delito, la presentación contrastó el rendimiento de la firma frente a las tasas vigentes del sistema bancario tradicional. Solano explicó que mientras el Banco Nación financia y reprograma deudas con tasas del 12% al 14%, la billetera virtual exige un Costo Financiero Total Efectivo del 1.375%. En su descargo, el dirigente calificó la operatoria como la brecha entre tasa pasiva y activa más grande de la historia, remarcando que la firma solo paga un 17,5% anual por los depósitos que recibe.
La acusación sumó un fuerte condimento de geografía económica al trazar una comparación directa con los mercados de los países limítrofes. El documento expone que la misma empresa que en Argentina aplica tasas de cuatro dígitos, mantiene en Brasil un tope máximo de financiamiento del 63,13% anual. Esta disparidad regional de veintiuna veces menos sirve como plataforma para fundamentar que el holding aprovecha la desregulación estatal argentina para maximizar sus ganancias a costa del endeudamiento popular.
El avance de las operaciones crediticias modificó por completo la fisonomía comercial del gigante tecnológico fundado en el país. De acuerdo con los balances contables de la propia firma, el negocio financiero ya representa el 64,3% de su facturación total en territorio nacional. Esta cifra demuestra que el otorgamiento de préstamos por canales digitales desplazó a un segundo plano al comercio electrónico, transformando la plataforma original en una gigantesca cueva de intermediación financiera sin regulaciones estrictas.
Finalmente, la causa penal quedó radicada en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Número 53, bajo la órbita de la Fiscalía Número 60 a cargo de Claudia Katoc. La investigación deberá determinar responsabilidades corporativas y establecer el universo exacto de usuarios damnificados por este esquema. Por el momento, el Poder Ejecutivo nacional evitó intervenir formalmente en el conflicto, bajo el argumento técnico de que las condiciones de las fintech constituyen un libre acuerdo de tasas entre privados.