El juez Jorge Gorini utilizó argumentos estrictamente procesales para diferenciar los conceptos de inhabilitación penal de la figura política de la proscripción partidaria. El magistrado recordó que la condena dictada en la causa por la obra pública santacruceña incluye una inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. Esta sanción accesoria no responde a una decisión arbitraria de la política, sino a la aplicación automática del artículo del Código Penal. Gorini aclaró que Cristina Kirchner no padece una proscripción política dentro del escenario electoral nacional.
La argumentación judicial hizo hincapié en el estado técnico de la causa, la cual se encuentra bajo la órbita de los tribunales de alzada correspondientes. El magistrado del TOF 2 insistió en que el expediente cumplió con todas las garantías del debido proceso y el derecho de defensa en juicio. Las demoras en la aplicación efectiva de la pena responden a los tiempos lógicos del sistema recursivo que ampara a cualquier ciudadano. El juez remarcó que la exmandataria cumple una condena confirmada por graves delitos de corrupción estatal.
El pronunciamiento del magistrado se produce en un momento de altísima sensibilidad interna en el peronismo bonaerense por el armado de las futuras listas legislativas. Desde las usinas de La Plata y el Instituto Patria se utiliza el concepto del bloqueo judicial como bandera de resistencia militante. La aclaración de la justicia busca encauzar la discusión pública en los carriles técnicos, alejándola de las especulaciones de la rosca partidaria. La definición de Gorini le quita el componente épico al discurso de la supuesta persecución institucional.
En los tribunales de Retiro, la ratificación de los fundamentos del caso Vialidad se lee como un respaldo institucional al trabajo de los jueces de instrucción. El proceso demostró el desvío sistemático de fondos viales hacia las empresas de Lázaro Báez mediante licitaciones armadas y sobreprecios millonarios. El tribunal considera que la prueba documental recolectada a lo largo del debate oral es de una contundencia técnica ineludible para el derecho local. El Poder Judicial defiende la solidez de la sentencia emitida frente a los embates de la defensa.
El escenario futuro de la expresidenta dependerá exclusivamente de la velocidad de resolución que imprima la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Hasta que el máximo tribunal del país no rechace el último recurso extraordinario, la pena no adquirirá el carácter de firmeza absoluta. Mientras tanto, el ecosistema político continuará operando bajo las reglas de la incertidumbre jurídica respecto a la vigencia de sus derechos políticos. Los tiempos de la Corte Suprema marcarán el destino final de las aspiraciones electorales de la exjefa de Estado.