Los razones de la Corte Interamericana de DD.HH para levantar las medidas que protegían a Milagro Sala - Política y Medios
15-07-2026 - Edición Nº6739

RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL INTERNACIONAL

Los razones de la Corte Interamericana de DD.HH para levantar las medidas que protegían a Milagro Sala

12:45 |El tribunal internacional determinó por unanimidad dar por finalizadas las medidas provisionales vigentes desde 2017 al constatar que las actuales condiciones de arresto domiciliario y tratamiento médico especializado en la provincia de Buenos Aires mitigan las urgencias que motivaron su intervención original, aunque ratificó que el estado de salud de la dirigente es clínico y psíquicamente inestable y se puede agravar ante cualquier modificación de su régimen de detención.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) formalizó el levantamiento de las medidas de protección excepcional que resguardaban a la líder de la Organización Barrial Túpac Amaru, Milagro Sala, desde el año 2017. En una resolución firmada por la totalidad de sus jueces, el cuerpo consideró que la intervención del tribunal ya no resulta indispensable debido a que el esquema institucional de contención interna vigente logra dar respuesta operativa a las sucesivas crisis de la beneficiaria.

El dictamen judicial, lejos de convalidar una mejoría en la situación de la dirigente social, confirmó de manera taxativa que su estado de salud es delicado y se mantiene bajo un diagnóstico de riesgo "actual, concreto y dinámicamente inestable". Los últimos informes médicos analizados por el organismo internacional constataron la persistencia de padecimientos físicos crónicos como una trombosis venosa profunda, combinados con un cuadro psicopatológico agudo caracterizado por un trastorno depresivo mayor con ideación autolítica y síntomas psicóticos.

La justificación técnica de la Corte IDH radica en que el traslado de Sala a un domicilio de la localidad de Gonnet, en las afueras de La Plata, garantiza de momento el acceso a una infraestructura médica de alta complejidad imposible de replicar en los penales tradicionales. Al respecto, el tribunal internacional concluyó que es la eficacia de esta modalidad de detención de carácter domiciliario lo que vuelve innecesaria la continuidad del paraguas legal externo, delegando en las autoridades judiciales argentinas la tutela de su integridad.

La resolución encierra una fuerte advertencia política hacia los tribunales de la provincia de Jujuy, que de forma recurrente han intentado revocar los beneficios de morigeración de la pena para exigir su reingreso a un establecimiento penitenciario común. El fallo dejó sentado expresamente que el levantamiento de las medidas extraordinarias no constituye una habilitación para modificar las actuales condiciones de detención y tratamiento, cuya alteración injustificada activaría de forma inmediata la reapertura de la vía de control en el sistema interamericano.

Tras conocerse la decisión, el equipo de defensores legales y el médico personal de la dirigente, Jorge Rachid, salieron a unificar vocerías para evitar lecturas distorsionadas por parte de los sectores oficialistas jujeños. Los letrados alertaron que cualquier intento de forzar un nuevo traslado o de discontinuar la atención farmacológica especializada y psiquiátrica vigente sería considerado un incumplimiento internacional flagrante que pondría en riesgo inminente la vida de la referente social, quien acumula más de una década privada de su libertad.

 

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