
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) Regional Bariloche repudió en las últimas horas la decisión de la Jueza Federal subrogante de Bariloche, Silvina Domínguez, de trasladar al penal de Ezeiza en horas de la noche a cuatro de las mujeres detenidas en el desalojo forzoso de la comunidad Lafken Winkul Mapu.
Luego de que las fuerzas federales iniciaran este martes a primera hora de la mañana un cinematográfico operativo para desalojar al grupo que ocupaba una propiedad, que dejó como resultado la detención de 7 mujeres que permanecieron en el lugar.
Si bien inicialmente habían sido alojadas en dependencias de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA), Domínguez ordenó el traslado de cuatro de ellas a la cárcel de Ezeiza.
En este sentido, la APDH de la ciudad patagónica emitió un comunicado cuestionando la “resolución arbitraria y discriminadora” de la magistrada, aclarando que la impugnaron “destacando que hasta hace muy pocas horas estando incomunicadas se impedía el acceso a nuestro abogado defensor y por tanto oponerse a la medida ordenada”.
Según advirtieron, la decisión es “contraria a los tratados internacionales, a la Ley 26.485 y carente de perspectiva de género”, y resaltaron: “Causa un grave daño adicional a la privación de la libertad que es incluso rechazada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, siendo más grave aún cuando no han sido indagadas ni resuelto su situación procesal”.
En ese mismo sentido, pusieron de relieve que se trata de un acto violento “no sólo por carecer de perspectiva de género sino por causar un daño a miembros de pueblos originarios de por sí perseguidos y discriminados históricamente”.
Respecto a la explicación de que no hay lugar para alojar mujeres en Bariloche fue calificado como “inaudito y falaz” por la Asamblea, apuntando que “no se acreditó haber consultado a las autoridades nacionales, provinciales o municipales sobre un lugar adecuado para la detención cerca de sus familias, su domicilio y de sus defensores”.
Sobre el final del comunicado, sentenciaron: “Este tipo de resoluciones tomada por una mujer en perjuicio de su género y sin consultar su opinión merece ser analizado por el Consejo de la Magistratura”.