Alberto se planta: el Gobierno legalizó el cultivo de cannabis medicinal - Política y Medios
23-05-2025 - Edición Nº6321

ACCESO A LA SALUD

Alberto se planta: el Gobierno legalizó el cultivo de cannabis medicinal

Según el decreto incluido en el boletín oficial del día, se habilitará el autocultivo individual o en red para usuarios, se venderán derivados de la planta en farmacias, se ampliarán las patologías tratables y se impulsará la investigación científica en el rubro.

El uso de cannabis con fines medicinales en Argentina dio un gran paso este jueves, tras la publicación del decreto 883/2020, que habilita el autocultivo personal o en red para los usuarios. Además, la nueva normativa permitirá el expendio de aceite, crema y derivados en farmacias, para aquellas personas que no quieran o puedan cultivar.

De esta manera, se avanza fuertemente en materia de salud, despenalizando y facilitando el acceso a una mejor calidad de vida de miles de argentinos con afecciones más o menos severas.

El pasado 15 de julio, el ministro de Salud, Ginés González García, y la viceministra, Carla Vizzoti, habían presentado esta nueva reglamentación a especialistas y activistas. Poco menos de 4 meses después, el cambio se hizo efectivo y sin dudas se trata del comienzo de una etapa de mayores garantías de acceso a la salud en nuestro país.

“Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”, sentencia el documento.

Como bien argumenta la resolución, las “restricciones reglamentarias” que regían hasta el momento, “configuraron barreras al acceso oportuno del Cannabis por parte de la población y como respuesta a ello, un núcleo significativo de usuarias y usuarios han decidido satisfacer su propia demanda de aceite de Cannabis a través de las prácticas de autocultivo”.

Sin dudas la legalización del cultivo doméstico es uno de los elementos centrales de esta nueva reglamentación, ya que se trata una práctica extendida socialmente de hecho.

“Con el tiempo se fueron organizando redes y crearon organizaciones civiles que actualmente gozan no solo de reconocimiento jurídico sino también de legitimación social”, agrega el decreto.

Además, se reconoce “la situación particular en la que las personas o las familias que atraviesan la enfermedad, cuando tienen a su alcance la posibilidad de atenuar los dolores, adoptan un rol activo, aun asumiendo el riesgo de ser condenadas por la normativa penal vigente”.

Los usuarios corrían riesgos ante la Ley para poder garantizar una mejor calidad de vida a familiares o allegados, a pesar de la existencia de numerosos espacios sociales dedicados a la divulgación de sus beneficios, así como de su producción.

Una de las demandas crecientes entre los activistas: "No más presos por cultivar".

[Puesta en marcha del registro de usuarios, y aplicación a más patologías]

Una de las introducciones relevantes que habilita la medida es la efectivización de un registro nacional específico para los usuarios cultivadores “con fines medicinales, terapéuticos y/o paliativos”.

En este sentido, se aclara que en el artículo 8° de la Ley 27.350 se creó “un registro nacional voluntario con el objeto de facilitar el acceso gratuito al aceite de Cannabis y sus derivados”, pero, sin embargo, “no se encuentra operativo”.

Es en esa línea que, “a los fines de proporcionar una respuesta equilibrada entre el derecho de acceso a la salud y la seguridad sanitaria”, se establece el funcionamiento del espacio. Los usuarios o investigadores que requieran el cultivo personal o en red se podrán inscribir en el registro del Programa Nacional del Cannabis, de la Red de Profesionales para el estudio del Cannabis (REPROCANN).

En este sentido, otra importante modificación a la reglamentación vigente es la ampliación del espectro de patologías susceptibles de ser tratadas con derivados de la planta de cannabis.

Así lo explicó el ministro de Salud, Ginés González García, a través de una serie de twits.

La normativa establecida en 2017 estipulaba la posibilidad de importar aceite de cannabis, previa verificación de la ANMAT, para el tratamiento de epilepsias refractarias. Se trata de una mínima proporción de casos de epilepsia, que no responden a los tratamientos convencionales.

En primer lugar, esto restringía la posibilidad de los pacientes de elegir entre el tratamiento con fármacos tradicionales y el realizado con un extracto de origen natural. Pero además, excluía a un gran abanico de patologías, cuyas afecciones pueden ser amenizadas con la aplicación de derivados de cannabis.

Como bien señala la cita expuesta en el inicio de este artículo, la iniciativa habla de garantizar un acceso a “quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”. Esto es: aquellos cuyos tratamientos arrojen resultados positivos.

[Se impulsará la investigación y el desarrollo]

La medida sanitaria, además, prevé la profundización del conocimiento y los desarrollos por parte de los profesionales de nuestro país. Es en esa sintonía que se promueve “la creación de una red de laboratorios públicos y privados asociados que garanticen el control de los derivados producidos”.

La resolución expresa: “Es necesario reconocer que el desarrollo de investigación y evidencia científica en el uso medicinal, terapéutico y/o paliativo del Cannabis y sus derivados se encuentra en pleno desarrollo en el mundo”. En relación con esto, insta a “seguir los avances de la ciencia para ir consolidando la política pública y el marco regulatorio vigente”.

Entre otros argumentos, se menciona la recomendación de la Organización Mundial de la Salud (OMS), en 2018, de quitar el cannabis y sus derivados de la lista IV. Se trata de la categoría más estrictamente controlada en la convención única de 1961 sobre estupefacientes.

A fines del año pasado, una investigación del Garrahan donde se aplicó aceite de cannabis a niños con epilepsia refractaria arrojó resultados sorprendentes: “El 80% de los pacientes tuvo una respuesta positiva con reducción significativa en el número de crisis”.

Fuente: Info360.net.

Además, se da cuenta de las “experiencias a nivel internacional que indican que, en un marco de seguridad y calidad, junto con el acompañamiento médico, se reducen los daños potenciales que el uso del Cannabis de un mercado no controlado puede producir”.

Las precisiones respecto a la cantidad de plantas permitidas, las dosis a vender bajo prescripción médica, y las regulaciones en torno a la calidad del producto cultivado (otro tópico en el cual se hace especial énfasis), se conocerán en resoluciones posteriores de los funcionarios.

La certeza, por estas horas, es que se avanza en la garantización de los derechos de acceso a la salud y a una mejor calidad de vida de miles de argentinos, y comienza a allanarse el sinuoso y obstaculizado camino hacia el despojo de los prejuicios alrededor de la planta de cannabis, sus efectos, sus usuarios, y su impacto en la vida humana.

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