Ratifican procesamiento a juez federal por la desaparición del ex gobernador de Salta - Política y Medios
04-07-2025 - Edición Nº6363

Ratifican procesamiento a juez federal por la desaparición del ex gobernador de Salta

La Cámara Federal de Salta ratificó el procesamiento del ex juez federal de esa provincia Ricardo Lona por considerarlo responsable de encubrimiento y prevaricato en el caso del secuestro y desaparición del ex gobernador Miguel Ragone, ocurrido el 11 de marzo de 1976, y el homicidio de Santiago Arredes y las heridas sufridas por Margarita Martínez de Leal, testigos del hecho.

También confirmó la decisión de que continúe en libertad, aunque con la prohibición de salir del país, y el embargo que se le había trabado sobre sus bienes por 500 mil pesos.

La medida había sido dictada por el juez federal Fernando Poviña y sufrido apelaciones tanto por la defensa como por el fiscal de la Procuración General Horacio Azzolín. Los camaristas analizaron cada uno de los argumentos de las partes, comenzando por las nulidades que había planteado la defensa y confirmaron todo lo actuado hasta el momento en el marco de la investigación que se sigue contra el ex juez federal.

Luego de repasar en la resolución el contexto histórico nacional en el que se ejecutaron los hechos que produjeron la imputación, recordaron que “el sistema represivo ilegal si bien se instauró oficialmente el 24 de marzo de 1976, el terrorismo de Estado que los caracterizó, que tuvo a los mismos protagonistas como autores, comenzó a desarrollarse mucho tiempo antes”.

Añadieron que en la provincia de Salta, “el plan sistemático y generalizado de represión contra la población civil se manifestó, con evidencia, a partir de 1974”.
En ese entramado, el médico Ragone, quien ya era ex gobernador de la provincia, fue interceptado alrededor de las 8 del 11 de marzo de 1976 cuando conducía su Peugeot 504 poco después de dejar su casa.

Los captores abordaron su automóvil, lo inmovilizaron y luego, desvanecido, lo tiraron en la parte posterior del vehículo. Mientras todo ocurría, la empleada de comercio Margarita Martinez y el comerciante Santiago Arredes, propietario de un almacén, salieron a la calle para ver qué ocurría. Arredes.

Los captores dispararon contra ambos matando a Arredes e hiriendo a Martínez.
Entre otras graves falencias de su investigación, el entonces juez Lona no tomó declaración testimonial a la sobreviviente y testigo, Margarita Martínez.
Asimismo, llevó a cabo "medidas contrarias al esclarecimiento de los hechos", como la entrega del cadáver de Arredes sin la previa realización de la autopsia, y dispuso el sobreseimiento provisional de la causa el 31 de mayo de 1976 "sin ordenar ninguna medida de prueba en el proceso", apenas doce días después de haber recibido la causa en el juzgado.

Lona calificó los hechos en el marco de la ley 20.840, denominada "antisubversiva", a partir de lo cual se declaró competente por tratarse de un caso federal, "cuando de las constancias de la causa no existían antecedentes para considerar la posible comisión de actividades subversivas" por parte de las víctimas, indicó por entonces en su procesamiento el juez Poviña.

Fuente: Télam

La Cámara Federal de Salta ratificó el procesamiento del ex juez federal de esa provincia Ricardo Lona por considerarlo responsable de encubrimiento y prevaricato en el caso del secuestro y desaparición del ex gobernador Miguel Ragone, ocurrido el 11 de marzo de 1976, y el homicidio de Santiago Arredes y las heridas sufridas por Margarita Martínez de Leal, testigos del hecho.
También confirmó la decisión de que continúe en libertad, aunque con la prohibición de salir del país, y el embargo que se le había trabado sobre sus bienes por 500 mil pesos.
La medida había sido dictada por el juez federal Fernando Poviña y sufrido apelaciones tanto por la defensa como por el fiscal de la Procuración General Horacio Azzolín.
Los camaristas analizaron cada uno de los argumentos de las partes, comenzando por las nulidades que había planteado la defensa y confirmaron todo lo actuado hasta el momento en el marco de la investigación que se sigue contra el ex juez federal.
Luego de repasar en la resolución el contexto histórico nacional en el que se ejecutaron los hechos que produjeron la imputación, recordaron que “el sistema represivo ilegal si bien se instauró oficialmente el 24 de marzo de 1976, el terrorismo de Estado que los caracterizó, que tuvo a los mismos protagonistas como autores, comenzó a desarrollarse mucho tiempo antes”.
Añadieron que en la provincia de Salta, “el plan sistemático y generalizado de represión contra la población civil se manifestó, con evidencia, a partir de 1974”.
En ese entramado, el médico Ragone, quien ya era ex gobernador de la provincia, fue interceptado alrededor de las 8 del 11 de marzo de 1976 cuando conducía su Peugeot 504 poco después de dejar su casa.
Los captores abordaron su automóvil, lo inmovilizaron y luego, desvanecido, lo tiraron en la parte posterior del vehículo. Mientras todo ocurría, la empleada de comercio Margarita Martinez y el comerciante Santiago Arredes, propietario de un almacén, salieron a la calle para ver qué ocurría. Arredes.
Los captores dispararon contra ambos matando a Arredes e hiriendo a Martínez.
Entre otras graves falencias de su investigación, el entonces juez Lona no tomó declaración testimonial a la sobreviviente y testigo, Margarita Martínez.
Asimismo, llevó a cabo "medidas contrarias al esclarecimiento de los hechos", como la entrega del cadáver de Arredes sin la previa realización de la autopsia, y dispuso el sobreseimiento provisional de la causa el 31 de mayo de 1976 "sin ordenar ninguna medida de prueba en el proceso", apenas doce días después de haber recibido la causa en el juzgado.
Lona calificó los hechos en el marco de la ley 20.840, denominada "antisubversiva", a partir de lo cual se declaró competente por tratarse de un caso federal, "cuando de las constancias de la causa no existían antecedentes para considerar la posible comisión de actividades subversivas" por parte de las víctimas, indicó por entonces en su procesamiento el juez Poviña.

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