El Gobierno desregula aranceles de colegios privados, que podrán fijar matrículas y cuotas a discreción - Política y Medios
12-11-2025 - Edición Nº6494

EDUCACIÓN

El Gobierno desregula aranceles de colegios privados, que podrán fijar matrículas y cuotas a discreción

Los establecimientos de gestión privada podrán fijar libremente los costos sin autorización previa del Estado. La medida pone fin a un régimen de regulación que regía desde hace más de tres décadas.

El Gobierno dispuso la derogación del Decreto 2417/1993, que durante más de treinta años rigió el funcionamiento de los establecimientos educativos privados a través de la intervención del Estado, con subsidios de cuotas y mecanismos de regulación.

La decisión, formalizada mediante el Decreto 787/2025 publicado este martes en el Boletín Oficial, elimina el sistema de control estatal sobre los aranceles educativos y habilita a las instituciones a definir libremente los valores de matrículas y cuotas, sin requerir aprobación ni informar los montos con antelación.

Según los fundamentos oficiales, la norma derogada “imponía limitaciones y requerimientos” que dificultaban la adecuación de los colegios a las condiciones económicas y educativas actuales.

El texto remarca que el esquema anterior respondía a un contexto de administración centralizada de la educación, previo al traspaso de competencias a las provincias, y plantea que la nueva disposición busca “un entorno más propicio” para la gestión del sector privado.

El decreto sostiene que la intervención estatal en la fijación de precios “ha generado efectos contraproducentes”, afectando el funcionamiento y la sostenibilidad económica de los institutos. En particular, indica que la obligación de informar y obtener autorización previa “limita la capacidad de adaptación” de las instituciones ante las variaciones del mercado y los costos operativos.

Además, el Gobierno argumenta que el sistema de control terminaba perjudicando a las familias, ya que muchas instituciones se veían forzadas a establecer aranceles más altos al inicio del ciclo lectivo para cubrirse ante eventuales aumentos no aprobados.

En la misma línea, el texto subraya que los establecimientos privados deben tener “libertad para fijar sus condiciones de contratación y los salarios de sus empleados”, sin injerencia del Estado, en defensa del derecho de propiedad.

De acuerdo con la visión oficial, la rigidez del esquema anterior podía incluso “afectar la calidad educativa”, al restringir la capacidad de respuesta de los colegios frente a los incrementos en insumos y remuneraciones.

Por último, la norma instruye al Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación, a revisar las disposiciones del Decreto 2542/1991, considerado la base del sistema de financiamiento de la educación privada.

El objetivo es avanzar hacia un modelo que garantice la libre contratación y permita a las instituciones definir sus políticas de precios y compensaciones dentro de un marco de competencia leal y ajustado a las demandas del mercado.

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