
El Gobierno de la Nación solicitó este martes suspender el fallo de la jueza federal de Nueva York, Loretta Preska, que pretende obligar al Estado argentino a entregar el 51% de las acciones de la petrolera estatal YPF a los dos fondos de inversión que iniciaron una demanda contra el país por la expropiación de la compañía en 2012.
Además, se advirtió que en los próximos días presentará una “apelación formal” en los próximos días. Lo hicieron a través de una carta enviada a la magistrada.
La República Argentina puso de relieve en el pedido que el Gobierno estadounidense ha apoyado la postura nacional y argumentó que conceder la suspensión es “crucial”. Tanto la administración Biden como la actual de Donald Trump -a través del Departamento de Justicia- se han manifestado pidiendo fallar a favor de nuestro país, en consonancia con los estándares jurídicos estadounidenses.
Este lunes, Preska ordenó a YPF entregar el 51 por ciento de sus acciones para compensar a dos fondos que denunciaron haber sido perjudicados durante la expropiación de la empresa en 2012.
Según informó Sebastián Maril, director de Latam Advisors y especialista en los juicios que afronta la Argentina en el exterior, en su presentación el Gobierno anticipó que, de no ser otorgada la apelación, acudirá a un tribunal superior para conseguirla.
Fuentes de la Casa Rosada aclararon que el gobierno argentino no se sentará a negociar con el fondo Burford Capital hasta que no haya resolución definitiva al pleito legal. La estrategia es apostar a disputar el monto final de la sentencia -calculada en USD 16.000 millones- porque aseguran que hay razones legales para reducirla, según fuentes cercanas a la Casa Rosada.
El Gobierno solicitó la suspensión del fallo de la jueza Prezka y trabaja en la apelación.
— Manuel Adorni (@madorni) July 2, 2025
La sentencia que ordena entregar acciones de YPF es jurídicamente inaplicable: contradice la Ley 26.741, que exige autorización del Congreso por mayoría agravada y desconoce la inmunidad…
Fuentes de Casa Rosada mencionan que la sentencia, tal como fue determinada por la jueza, es de “cumplimiento imposible” y aseguran: “No hay posibilidad alguna de acatar ese fallo mientras sea solamente una decisión de primera instancia”.
Desde que se conoció el fallo, fue objeto de numerosos cuestionamientos e impugnaciones por parte de especialistas en el tema, que siguen atentos los litigios. En primer lugar, afirman que la jueza Preska no tiene jurisdicción para actuar entre las partes.
Con esto tiene que ver la presentación del Departamento de Justicia estadounidense, que recomendó a la magistrada excusarse de actuar, por tratarse de un caso que no se encuentra comprendido entre las competencias de la Justicia de acuerdo a la Ley de Inmunidad Soberana.
Entre otras cuestiones, la norma indica que un juez norteamericano puede participar en un litigio donde se pone en juego un activo con un usufructuo comercial en los Estados Unidos, o que sea un bien de propiedad 100% del Estado.
En este caso, YPF es una Sociedad Anónima con mayoría de participación del Estado argentino y sin activos embargables en los Estados Unidos.
No obstante, no hay que subestimar la capacidad de lobby judicial de estos fondos, de operación similar a los famosos fondos buitre que llevaron a la Argentina a las últimas instancias internacionales para cobrar cifras siderales por la deuda defaulteada y reestructurada en un 93% (y rechazada por el 7% de estos actores).
Los actores, en este caso, son Burford Capital y Eton Park, fondos que observan oportunidades con corporaciones que quiebran y compran los derechos de estas compañías a litigar judicialmente exigiendo compensaciones económicas.
En este caso, Burford le pagó al Grupo Petersen (propiedad de la familia empresaria argentina Eskenazi) 7 millones de dólares, y termina exigiendo en la justicia estadounidense 16.000 millones de dólares. Tanto el proceso como la cifra fue cuestionado públicamente incluso por quienes fueron parte del proceso de expropiación, como el entonces viceministro de Economía, Emanuel Álvarez Agis.
"La discusión de que hay que pagar 16 mil millones de dólares es un titulo para los diarios"
— Radio Con Vos 89.9 (@radioconvos899) July 1, 2025
Emmanuel Álvarez Agis, ex viceministro de economía de la Nación sobre la estatización de YPF. pic.twitter.com/Vi1KVyfF1C
Entre los fundamentos de la impugnación del fallo, se señala que la sentencia pasa por encima la Constitución Argentina, que fue el marco legal bajo el cual se llevó adelante la expropiación.
“El monto y el método de pago de la indemnización fueron acordados con Repsol, el único accionista expropiado. Luego de dos años de negociaciones y algunos amagos de judicialización, en febrero de 2014 Repsol aceptó cobrar una indemnización de cinco mil millones de dólares, que refleja la valuación realizada por el Tribunal de Tasaciones de la Nación", manifestó el ex viceprocurador del Tesoro, Sebastián Soler.
En esa misma línea, precisó que “contra el pago de dicha suma con bonos, Argentina obtuvo la propiedad del 51% del capital de YPF. Ese día, la expropiación de YPF había concluido exitosamente y la Argentina no enfrentaba ningún litigio", y advirtió: “Los términos del acuerdo, la indemnización y el mecanismo de pago también fueron aprobados por el Congreso mediante la sanción de la Ley 26.932, en abril de 2014".
En lo que refiere a los accionistas minoritarios, el proceso se ajustó a lo aprobado por el Congreso nacional, que estableció la expropiación del 51 por ciento de las acciones y que el resto permanecerían en manos privadas, a diferencia de lo que había estructurado el menemismo a través del estatuto de YPF para evitar la reestatización.
Contra lo que considera la jueza Preska, la Constitución Nacional está por encima del estatuto de cualquier empresa.
Además, respecto a la inconsistencia de las cifras, Álvarez Agis remarcó: “El estatuto de YPF dice que la oferta que hay que hacerle al 49 por ciento es en pesos pero la jurisprudencia norteamericana dice que es al momento del fallo. Hoy la cifra ascendería a 125 millones de dólares. Un absurdo".
El caso YPF se distingue del de los tenedores de bonos defaulteados que no entraron en la reestructuración de deuda, ya que las diferentes aministraciones de Argentina sostuvieron la misma estrategia de no dirimir conflictos judiciales vinculados a la petrolera nacional en ese tribunal. A esto se le suman las mencionadas inconsistencias de la Ley de Inmunidad Soberana del país norteamericano.
El fallo de la jueza, por ejemplo, sugiere que nuestro país cambie sus leyes entre las opciones que ofrece para poder cumplir con los compromisos que la sentencia establece.
“La República tiene varias opciones que puede perseguir legalmente: recibir el permiso del Congreso Nacional por dos tercios de los votos (para transferir las acciones de YPF), tomar medidas para cambiar la ley, o cumplir con la sentencia a través de un acuerdo separado con los demandantes”, expuso la magistrada.
Por el momento, a pesar de la capitalización política de Milei, que aprovechó a limar a su principal opositor en gestión, el gobernador Axel Kicillof, por su participación en la expropiación, el Gobierno sostendrá la postura original mantenida durante las administraciones de Cristina Fernández de Kirchner, Mauricio Macri y Alberto Fernández.