El Gobierno aumentó por decreto el salario mínimo y será de $12 mil más - Política y Medios
20-05-2025 - Edición Nº6318

FRACASO EN LAS NEGOCIACIONES

El Gobierno aumentó por decreto el salario mínimo y será de $12 mil más

El piso a percibir por un trabajador irá aumentando escalonadamente hasta agosto, mes en que alcanzará los $322.000. Casi la mitad de lo que cuesta un alquiler promedio, y por debajo de un monoambiente.

Ante las infructuosas negociaciones entre los sectores empresarios y los sindicatos, el Gobierno nacional estableció por decreto aumentos escalonados del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) desde abril hasta agosto. Además, se actualizó la prestación por desempleo.

La decisión del presidente de la Nación, Javier Milei, y el ministro de Economía, Luis Caputo, fue subir en $12 mil el piso a percibir por un trabajador por el mes de abril, un ajuste del 4% que lleva el monto de $296.000 a $302.600, con un valor hora de $1.513 por hora para trabajadores jornalizados.

La decisión fue oficializada este viernes en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 5/2025. El Consejo del Salario Mínimo se había reunido el martes 29 de abril sin lograr acordar los nuevos montos.

A partir de mayo, los trabajadores nucleados en el Régimen de Contrato de Trabajo, el Régimen de Trabajo Agrario, la Administración Pública Nacional y entidades del Estado empleadoras pasarán a percibir un SMVM de $308.200 ($1.541 por hora).

En junio, pasará a ser de $313.400 ($ 1.567 por hora); en julio $317.800 ($1.589 por hora) y en agosto $322.000 ($ 1.610 por hora).

El monto no llegará a cubrir ni siquiera el alquiler de un monoambiente en Capital Federal, que en promedio se ubicaba en $424.583 en Zonaprop. Ni hablar de departamentos con dos ambientes, cuyo promedio ya escala a $622.309.

A principios de año, el único barrio porteño donde se conseguía un alquiler de dos ambientes por menos de $400.000 era Lugano, aunque luego de los ajustes del mes pasado.

Respecto a la Prestación por Desempleo, la decisión del Gobierno establece que se mantendrá la fórmula fijada previamente. El monto será equivalente a un 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual de los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo.

Asimismo, se dispone que "en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al 50% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al 100% del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente".

   

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