Fallo contra el gobierno: la Corte declaró inconstitucional el índice de actualización de jubilaciones - Política y Medios
04-07-2025 - Edición Nº6363

Fallo contra el gobierno: la Corte declaró inconstitucional el índice de actualización de jubilaciones

El fallo salió con cuatro votos a favor y uno en contra del jubilado que reclamó por la inconstitucionalidad de índice RIPTE.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación definió que los haberes jubilatorios deben actualizarse por el índice de salarios básicos de la industria y la construcción (ISBIC) y declaró inconstitucional el índice RIPTE (Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables), que es el que utiliza el gobierno nacional desde 2016.
El fallo llegó a la Corte tras el reclamo del jubilado Lucio Orlando Blanco contra la ANSES y podría beneficiar a más de cien mil jubilados que se encuentran en el mismo conflicto, ya que podrá ser utilizado para todos los casos judiciales iniciados antes de agosto de 2016.
Los ministros de la Corte Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti rechazaron el Índice RIPTE y ratificaron la jurisprudencia del caso "Ellif" del año 2009, que estableció que las remuneraciones consideradas para el cálculo de las jubilaciones debían actualizarse por el ISBIC.
Por su parte, la vice presidenta de la Corte, Elena Highton de Nolasco, consideró que las resoluciones de la Anses y de la Secretaría de Seguridad Social, a través de las cuales establecieron la aplicación del RIPTE, fueron dictadas por organismos sin competencia y las declaró de nulidad absoluta.
El único voto contra el reclamo del jubilado Blanco fue del presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, quien consideró que el Poder Ejecutivo, al igual que el Legislativo, tiene potestad de fijar el índice de actualización de haberes jubilatorios.
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