Termina otro capítulo de la guerra Tinelli - Clarín - Política y Medios
28-03-2024 - Edición Nº5900

Termina otro capítulo de la guerra Tinelli - Clarín

El conductor televisivo, duramente hostigado por el grupo de medios que pertenecen a los dueños de Clarín, podrá regresar a su residencia y abandonar la ciudad de Esquel.

Tinelli podrá volver a su casa de la Torre Le Parc,  un edificio residencial de alto nivel, ubicado en el barrio de Palermo, en Buenos Aires. El reconocido hombre de la TV, que tuvo durante la semana un fuerte entredicho con el diario de Héctor Magnetto, regresará a la CABA en virtud de una medida dispuesta por los ministerios de Transporte y de Interior. 

Ambas carteras  autorizaron "excepcionalmente" el retorno a la residencia habitual de aquellas personas que estaban cumpliendo cuarentena en otro lugar. Deberán hacerlo por vía terrestre desde las 0 horas de este sábado y tienen tiempo hasta el martes 21. 

"La norma, publicada hoy en el Boletín Oficial, sostiene que podrán circular siempre que las personas exceptuadas estuvieren asintomáticas y den cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones que disponga la autoridad sanitaria nacional", aclaró Télam.

"Hace un mes el presidente Alberto Fernández tomó la determinación que los argentinos entráramos en el aislamiento social, preventivo y obligatorio. Esa medida determinó que miles de argentinos quedaran varados en ciudades muy alejadas de sus hogares. Hoy, a un mes de esa medida, creemos que es necesario que puedan volver", señaló sobre la nueva medida el ministro de Transporte Mario Meoni.

Y, agregó: "De la misma forma que lo hicieron miles de argentinos que estaban en el exterior, también aquellos que hoy se encuentran en el país, y a partir de escuchar las numerosas demandas, hemos determinado, junto a la ministra de Seguridad, el ministro del Interior, el ministro de Salud y por recomendación del Jefe de Gabinete de Ministros, que hasta el día martes inclusive puedan retornar a sus hogares".

Se considerará domicilio de residencia habitual de las personas al indicado en su Documento Nacional de Identidad, salvo que puedan acreditar que aquél ha variado mediante documentación fehaciente, según la resolución.
 

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