La Corte Suprema revocó la prisión domiciliaria del genocida Etchecolatz - Política y Medios
19-03-2024 - Edición Nº5891

La Corte Suprema revocó la prisión domiciliaria del genocida Etchecolatz

Por 4 votos afirmativos contra 1 negativo, el alto tribunal de Justicia revocó el beneficio que el represor obtuvo en dos causas en las que fue condenado por delitos de lesa humanidad.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó hoy la prisión domiciliaria que había sido concedida al genocida Miguel Etchecolatz en dos causas por delitos de lesa humanidad. El fallo no salió por unanimidad. Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda votaron a favor, mientras que el flamante presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.

Los votos afirmativos se fundamentaron en el precedente del caso "Berges". En dicho antecedente, la Corte Suprema estableció que la decisión de la detención domiciliaria "debe ser precedida ineludiblemente por informes del Cuerpo Médico Forense porque su imparcialidad está garantizada por normas específicas", informó el portal CIJ.

Por otro lado, Rosenkrantz consideró que los recursos de queja presentados son inadmisibles. El planteo de Rosenkrantz está fundamentado según el artículo n° 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación que establece que la Corte podrá rechazar recursos extraordinarios "por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia". Así lo creyó el juez que también votó favorablemente para la reducción de las penas a genocidas bajo el régimen del 2X1.

Las dos causas en las que fue beneficiada el represor fueron recurridas por el Ministerio Público Fiscal basando su planteo en que "el imputado no se encuentra comprendido en los supuestos previsto por los incisos a, b y c del artículo 32 de la Ley n° 24.660". Esta normativa establece que podrá ser impuesto la pena en detención domiciliaria cuando al interno, con una enfermedad, se le impida recuperarse o tratar adecuadamente su dolencia, a quien padezca una enfermedad incurable o a los internos que tengan alguna discapacidad y que implique un "trato indigno, inhumano o cruel" su permanencia en una prisión común.

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